La CDMX opera 58,000+ cámaras del sistema C5 según datos oficiales.[1] Puebla supera las 3,000 unidades activas en su sistema municipal de videovigilancia.[1] Cero leyes federales mexicanas regulan el reconocimiento facial en tiempo real sobre esas cámaras.[1]

Brasil radicó el PL 649/2026 el 23 de febrero de 2026 — autor: Dep Marcos Tavares (PDT-RJ).[3] Es el primer proyecto federal que obliga a las policías militares + civiles + fuerzas del Distrito Federal a integrar cámaras corporales + vehiculares con FR + LPR/ANPR exclusivamente al Banco Nacional de Mandados de Prisión (BNMP) y a bases oficiales de registro vehicular.[3]

Tres pilares del PL 649/2026 que cualquier procuraduría mexicana o brasileira firmando un contrato enterprise de CCTV en Q4 2026 debería leer:

  1. Validación humana obligatoria antes de cualquier acción policial — el Art. 4º §2º establece que la validación humana es obligatoria antes de cualquier abordagem policial decorrente de alerta automatizado [3]
  2. 90 días como techo de retención — el Art. 8º fija el plazo máximo de almacenamiento de imágenes + metadatos en 90 días, salvo investigación formal o determinación judicial [3]
  3. Auditoría técnica independiente anual + tests periódicos de bias — el Art. 7º obliga a auditoría independiente anual + informes públicos de transparencia estadística + tests periódicos de acurácia + mitigación de vieses discriminatórios + registro detallado de falsos positivos / falsos negativos [3]

( La LFPDPPP fue diseñada para regular el tratamiento de datos en relaciones comerciales y de servicio — y los sistemas de videovigilancia pública no encajan en ese marco, [1] lo que explica por qué el vacío regulatorio persiste. )

El contraste con México: cero leyes federales específicas para FR en espacios públicos [1]. El AI Act europeo (vigente desde agosto de 2024) prohíbe la identificación biométrica en tiempo real salvo autorización judicial previa + excepciones taxativas [1]. México no tiene equivalente normativo a esa salvaguarda europea [1]. La Silla Rota documenta el rollout de Seguritech operando bajo ISO 27001 y la ausencia de marco regulatorio mexicano que limite ese despliegue [2]. En Brasil, el PL 1828/2023 (que autoriza FR en metros, buses, carreteras, edificios gubernamentales sin la integración exclusiva al BNMP) ya pasó la Cámara de Diputados el 12 de agosto de 2026 y ahora está en el Senado [4]. Data Privacy Brasil lo critica como greenlight broad biometric surveillance [4]. La diferencia operativa con PL 649/2026 es que 1828/2023 no exige integración exclusiva al BNMP + no impone validación humana obligatoria [3] [4].

P.D. ¿Cuántas de tus cámaras externas graban en un espacio donde la ley federal no ha decidido todavía qué se puede hacer con el rostro que capturan?

📰 Fuente: AGMedios (Sep 2026), La Silla Rota (Sep 18 2026), Câmara dos Deputados PL 649/2026 (Apresentação 23/02/2026), Data Privacy Brasil (Sep 10 2026).

Fuentes

[1] AGMedios — Cámaras que todo lo ven, leyes que nada dicen — https://agmedios.com.mx/camaras-que-todo-lo-ven-leyes-que-nada-dicen/ [2] La Silla Rota — IA y reconocimiento facial: nuevas capacidades para la videovigilancia — https://lasillarota.com/negocios/2026/9/18/ia-y-reconocimiento-facial-nuevas-capacidades-para-la-videovigilancia-529039.html [3] Câmara dos Deputados — PL 649/2026 (Dep. Marcos Tavares, texto integral) — https://www.camara.leg.br/proposicoesWeb/prop_mostrarintegra?codteor=3085934&filename=PL+649%2F2026 [4] Data Privacy Brasil — Brazil’s Expanding Surveillance System: Security at the Cost of Privacy? — https://www.dataprivacybr.org/en/brazils-expanding-surveillance-system-security-at-the-cost-of-privacy/